1 rue Louis GASSIN - 06300 NICE +33 (0) 4 93 83 08 76

Noticias jurídicas

Régimen jurídico y estatuto de las FUNDACIONES en FRANCIA

Posted on : octubre 11, 2022

La fundación se define en el artículo 18 de la ley n°87-571 de 23 de julio de 1987 sobre el desarrollo del mecenazgo como «el acto por el que una o varias personas físicas o jurídicas deciden destinar irrevocablemente bienes, derechos o recursos a la realización de una obra de interés general y sin ánimo de lucro».

La asociación es una agrupación de personas, mientras que la fundación es un patrimonio compuesto por bienes, derechos y/o recursos y destinado irrevocablemente a la realización de dicha obra.

Es una agrupación de personas jurídicas o físicas para llevar a cabo un proyecto común (como en el caso de la asociación), pero un compromiso financiero irrevocable por parte de sus fundadores para llevar a cabo una obra de interés general sin ánimo de lucro. Una fundación no tiene miembros. La gestiona un consejo de administración, un consejo de dirección y/o un consejo de vigilancia.

Una fundación pone el capital privado al servicio de una causa pública.

El fondo de dotación tiene personalidad jurídica a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la declaración hecha a la Prefectura. Las modificaciones de los estatutos siguen el mismo procedimiento.

I – Condiciones para la existencia de una fundación en Francia :

Existen fundaciones de empresa, que pueden recibir subvenciones públicas pero tienen prohibido recibir donaciones, legados, subvenciones y apelaciones a la generosidad pública (pero pueden, desde 2003, beneficiarse de las donaciones de sus empleados).

La primera condición para la existencia de una fundación, cualquiera que sea, es ser reconocida por

– el Primer Ministro (actualmente Bernard Cazeneuve; dirección: 57, rue de Varenne, París) para las fundaciones reconocidas de utilidad pública;

– el prefecto del departamento en el que se ubicará su futura sede.

Una fundación es la realización de una obra de interés general sin ánimo de lucro. El interés general es un concepto fiscal en evolución, y esto en varios campos variados.

Una fundación tiene un carácter filantrópico, educativo, científico, social, humanitario, deportivo, familiar o cultural, o contribuye a la valorización del patrimonio artístico, a la defensa del entorno natural o a la difusión de la cultura, la lengua y los conocimientos científicos franceses.

Una fundación reconocida de interés público puede ser creada por un individuo, una familia, una asociación, un grupo de personas, particulares o empresas, siempre que su objetivo sea destinar recursos a perpetuidad.

Mediante una donación, el fundador puede organizar su fundación. Los bienes y recursos que dona salen de la fundación a perpetuidad.

La donación se realiza mediante acta notarial si se trata de bienes inmuebles. La donación sólo surte efecto cuando se reconoce la fundación tras la publicación del decreto de utilidad pública.

Los riesgos de esta situación surgen si el fundador fallece antes de que la fundación acepte la dotación o embargue los bienes objeto de la dotación, antes de que la transmisión de la propiedad sea exigible a los acreedores.

La solicitud debe dirigirse al prefecto del departamento donde la fundación tendrá su sede junto con el depósito de sus estatutos.

El prefecto transmitirá la solicitud al Ministerio del Interior.

El Ministro del Interior puede decidir discrecionalmente no dar curso a la solicitud o no examinarla.

Tras su examen, el Ministro del Interior puede remitir la solicitud al Consejo de Estado, que emitirá un «dictamen», que el Gobierno no estará obligado a seguir.

Lo más ventajoso fiscalmente es un fondo de dotación. Christine Lagarde, cuando era ministra de Estado, dijo que «junto a las fundaciones y las asociaciones, deberían crearse fondos de dotación, que serán rápidos, flexibles y baratos». Puede ser creada por una o varias personas físicas o jurídicas, por un periodo fijo o indefinido.

Un fondo de dotación se crea mediante una simple declaración de sus fundadores a la prefectura del departamento donde se encuentra su domicilio social. Esta declaración debe ir acompañada de los estatutos y contener: los apellidos, el nombre, la fecha y el lugar de nacimiento, la profesión, el domicilio y la nacionalidad de las personas encargadas de su administración, así como un formulario cumplimentado con los datos necesarios para su publicación en el Diario Oficial.

Fondos de dotación: artículo 140 de la ley de modernización de la economía de 4 de agosto de 2008 por un periodo fijo o indefinido.

No se pueden destinar fondos públicos de ningún tipo a un fondo de dotación.

Esta prohibición puede no aplicarse, excepcionalmente, a una obra o programa de acción específico, en vista de su importancia o particularidad.

Las exenciones se conceden por orden conjunta de los ministros responsables de la economía y el presupuesto.

El fondo puede recurrir a la generosidad pública previa autorización administrativa, cuyos términos se fijan por decreto.

Se compone de las dotaciones de capital realizadas a la misma, más las donaciones y legados realizados. Las donaciones pueden dar lugar a reducciones fiscales tanto en el impuesto sobre la renta como en el impuesto de sociedades, de acuerdo con los mismos procedimientos que las donaciones a las asociaciones.

El fondo de dotación es administrado por un consejo de administración compuesto por al menos tres miembros nombrados, la primera vez, por el fundador o fundadores.

El fondo de dotación elabora unas cuentas anuales que incluyen al menos un balance y una cuenta de resultados (el plazo de publicación de estas cuentas es de seis meses como máximo).

El fondo incluirá al menos un auditor y un adjunto.

II – Régimen fiscal de una fundación en Francia:

Para un fondo de dotación, al igual que para las fundaciones, es necesario constituir una dotación inicial; pero su importe es libre (con la siguiente reserva), a diferencia de lo que exige de facto el Conseil d’Etat (cuyo dictamen es necesario) para las fundaciones reconocidas de interés público (dotación mínima de 1.500.000 a 2.000.000 de euros, pago en un máximo de 10 años).

Hasta la fecha, todavía se puede crear un fondo de dotación sin una dotación de capital inicial.

No obstante, en cuanto se publique en el boletín oficial el 1 de agosto de 2014 el decreto de aplicación del artículo 85 de la ley n°2014-856 de 31 de julio de 2014 (relativa a la economía social y solidaria), el fundador o los fundadores deberán justificar, en el momento de la creación del fondo, un importe mínimo para la dotación (este importe mínimo no podrá, sin embargo, superar los 30.000 euros).

El importe del capital para la creación de una fundación empresarial no puede ser inferior a 150.000 euros en 5 años.

La dotación inicial de un fondo de inversión no puede superar los 30.000 euros.

Una fundación reúne capital privado para una causa de interés general: en principio, este capital se gasta en su totalidad en un periodo de tiempo definido.

Un fondo de dotación agrupa activos con vistas a su capitalización.

Los ingresos de estos activos se destinan a una obra de interés general.

Si cumple los requisitos de los artículos 200 y 238 bis del Código General de Impuestos, un fondo de dotación se beneficia, desde el momento de su creación, de reducciones fiscales sobre las donaciones y de la exención de los derechos de transmisión de donaciones y legados.

Artículo 200 del Código General de Impuestos francés: «Los importes hasta el 20% de la base imponible correspondientes a las donaciones y pagos, incluida la renuncia expresa a los ingresos o productos, efectuados por los contribuyentes domiciliados en Francia en el sentido del artículo 4 B, en beneficio de : Las fundaciones o asociaciones reconocidas como de interés público según el artículo 2a, las fundaciones universitarias o las fundaciones asociativas mencionadas respectivamente en los artículos L. 719-12 y L. 719-13 del Código de la Educación y, para los trabajadores de las empresas fundadoras o de las empresas del grupo, en el sentido del artículo 223 A, al que pertenece la empresa fundadora, las fundaciones de empresa, cuando estas organizaciones cumplen las condiciones establecidas».

Estas condiciones son: «obras u organismos de interés general de carácter filantrópico, educativo, científico, social, humanitario, deportivo, familiar o cultural, o que contribuyan a la valorización del patrimonio artístico, en particular mediante suscripciones abiertas para financiar la compra de objetos u obras de arte destinados a formar parte de las colecciones de un museo francés accesible al público, a la defensa del medio ambiente natural o a la difusión de la cultura, la lengua y los conocimientos científicos franceses».

Por lo tanto, el compromiso de salvaguardar las especies en peligro de extinción corresponde a estas condiciones. Por lo tanto, es posible beneficiarse de reducciones fiscales ya que la fundación tiene un objeto de interés general específico.

Una fundación reconocida como de interés público es una institución permanente cuyo reconocimiento es objeto de un decreto del Consejo de Estado, eventualmente completado con recursos externos o servicios prestados.

Una fundación de empresa promueve el patrocinio corporativo sostenible, pero su vida útil es más limitada, al igual que sus capacidades legales. No pueden recibir legados, ni apelar a la generosidad pública, pero pueden, desde 2003, beneficiarse de las donaciones de sus empleados (la simplicidad está en la creación de la fundación, ya que sólo se requiere una autorización administrativa).

Una fundación arbitrada está al servicio del interés general, por lo que todas las donaciones realizadas a estas cuentas se benefician de las ventajas fiscales que conllevan las fundaciones a través de este intermediario.

Esta fórmula permite una mutualización de los costes de gestión.

El régimen de reducción del impuesto sobre la renta de las personas físicas equivale al 66% de las cantidades pagadas, con un límite anual del 20% de la renta imponible (ley del 1 de agosto de 2003).

Las donaciones pueden ser en forma de dinero, pero también en especie (por ejemplo, obras de arte).

para descargar:
170223 Fundaciones en Francia

Leer más
 

Aplicación del régimen de las ganancias de capital a largo plazo para los valores no registrados en el balance general.

Posted on : febrero 2, 2018

Aplicación del régimen de las ganancias de capital a largo plazo (“plus-values à long terme”) para los valores no registrados en el balance general. Los valores no registrados en el balance general pueden beneficiar de régimen sobre las ganancias de capital a largo plazo, siempre que, por su naturaleza, se encuentran con la calificación de los elementos del activo fijo, y que están vendidos después de un período de detención dos años.

Consejo de Estado (“Conseil d’Etat”), Cámara 9 y 10, 23 de diciembre de 2016, Nº 375 746, Cap Gemini.

Sabemos que las ganancias empresariales se dividen en dos categorías que determinan su sistema fiscal: las ganancias de capital a corto plazo (“plus-values à court terme”), gravados al tipo común, y las ganancias de capital a largo plazo, siguiendo un régimen especial, según que la empresa esté sujeta al impuesto sobre la renta (“impôt sur le revenu”) o al impuesto de sociedades (“impôt sur les sociétés”).

El sistema de ganancias de capital a largo plazo se define en oposición a sistema de corto plazo. Así, el 3 del artículo 39 duodecies del Código Tributario (“Code Général des Impôts”) establece que ese régimen se aplica a las ganancias de capital que no se acogen al sistema de corto plazo. El 2 de dicho artículo establece que el sistema de las ganancias de capital a corto plazo se aplica a las ganancias de capital por la venta de activos adquiridos o creados por menos de dos años. Sólo la venta de valores fijos da derecho al régimen de las ganancias de capital a largo plazo. Estos valores se definen como aquellos que la compañía tiene la intención de retener permanentemente o que no tiene la posibilidad de vender a corto plazo. Son representativos de participaciones o de inversiones a largo plazo.

Los beneficios de transferencia de valores mobiliarios de inversión están sujetas al impuesto como ingresos de explotación al tipo normal del impuesto. Se clasifican en esta categoría los valores adquiridos con el fin de lograr una ganancia a corto plazo.

Por otra parte, al no poder reclamar el historial del registro contable, la empresa será capaz de justificar la duración de la detención por elementos que pueden dar cierta fecha a su adquisición del valor.

Leer más
 

Auditoría fiscal – Irregularidad de la auditoría contable por defecto de la restitución completa de los documentos tomadas por el auditor.

Posted on : enero 26, 2018

Auditoría fiscal – Irregularidad de la auditoría contable por defecto de la restitución completa de los documentos tomadas por el auditor.

Cuando, a solicitud del contribuyente, el auditor lleva a ciertos documentos de contabilidad, documentos realizados deben ser devueltos en su totalidad antes del final de la auditoría.
La falta de restitución para los contribuyentes de la totalidad o parte de los documentos contables que han sido objeto de un carro es susceptible de privarlo de un debate oral y contradictorio, con el resultado de que la inspección fiscal es irregular en su conjunto, lo que resulta en la descarga de todos los ajustes fiscales que tienen su origen en la auditoria irregular, incluso si algunos de ellos no se basan directamente en el examen de los documentos llevados y no devueltos.

En este caso, una empresa alegó que la restitución fue incompleta designando específicamente los documentos no devueltos. Un acto oficial de justicia, cuyas menciones harán fe salvo prueba en contrario, indicó que ocho cajas de archivo fueron dadas a la gerente de la empresa. Mientras fueron acompañadas por un documento titulado “Acta de restitución de registros contables y documentos de apoyo”, el documento, no firmado por el contribuyente ni por el representante de la Administración, no es adecuado para certificar el contenido de las cajas.

Por otra parte, el acto oficial, tal como está redactado, no tiene por objeto identificar las piezas contenidas en las cajas, pero sólo autenticar la entrega efectiva de estas cajas a su receptor. En estas circunstancias, como la demandante impugnó precisamente la recepción de todos los documentos contable llevados, la Administración, que tiene la carge de la prueba, no puede demostrar que devolvió todos los documentos antes del final de las operaciones de control.

 

Consejo de Estado (“Conseil d’Etat”), octava y tercera Cámara, 23 de Noviembre, 2016, No 392894, “Société Mimosa”.

fichier à telecharger:
170425 Auditoría fiscal – Irregularidad de la auditoría contable por defecto de la restitución completa de los documentos tomadas por el auditor

Leer más
 

Tratamiento fiscal de los derechos de uso de un nombre de dominio en Internet.

Posted on : enero 24, 2018

¿El derecho de uso de un nombre de dominio de Internet es un activo intangible (“immobilisation incorporelle”) que se debe inscribir en el balance de su ,titular?

¿Y cuál debería ser el valor en el que se lleva a cabo este registro?

A raíz de una auditoría de sus cuentas, la compañía eBay France, sub-filial de la empresa estadounidense eBay Inc., ha estado sujeto a un suplemento de impuesto a las empresas (“impôt sur les sociétés”), como consecuencia:

 En primer lugar, de la reintegración en su balance de apertura del año fiscal 2003 de la suma de 4 695 570 euros que representan el valor del nombre de dominio "ebay.fr" que había registrado en 2001 a la Asociación francesa de denominación Internet en cooperación (“Association française pour le nommage Internet en coopération”, “AFNIC”), y que la Administración fiscal consideró que tenía el carácter de un activo fijo intangible que debe ser incluido en el balance general de la empresa ; y

 De la reintegración en sus resultados para los años fiscales 2004 y 2005, de la suma que corresponde a las regalías que rechazó a recibir para la disposición de su empresa matriz, la empresa suiza eBay International AG, hija de eBay Inc., el derecho de uso del nombre de dominio ebay.fr. La Administración fiscal consideró estas sumas como beneficios indirectamente transferidos en el extranjero en el sentido del artículo 57 del Código de Impuestos (“Code Général des Impôts”, “CGI”) y que condujeron a la exacción de una retención en la fuente bajo el artículo 119 bis 2° del CGI. Estos ajustes fueron impugnados por la empresa eBay Francia en el contexto del presente caso, lo que resultó en una sentencia de rechazo del 30 de abril de 2013 del Tribunal Administrativo de Apelación de París (Cour d’Appel de Paris, Cámara 10, 30 de abril de 2013, No 12PA02246 y No. 12PA02678, “eBay Francia”).

fichier à telecharger:
170425 Tratamiento fiscal de los derechos de uso de un nombre de dominio de Internet

Leer más
 

Autorizaciones fiscales

Posted on : junio 22, 2017

En caso de anulación de una decisión explícita de denegación de autorización, la Administración debe reconsiderar la solicitud en el mismo periodo que para el primer examen.

El Tribunal Administrativo de Apelación de París decidió, en relación con la aprobación prevista por el artículo 217 undecies del Código General de Impuestos (“Code Général des Impôts”), que si la anulación de una decisión explícita de denegación de autorización no crea por ella una decisión de aceptación tácita, la Administración tributaria tiene la obligación de revisar la solicitud.

Si el juez no ha decidido lo contrario y no ha fijado un momento determinado, la Administración tributaria debe hacerlo en las mismas condiciones que para la primera revisión.

Tribunal Administrativo de Apelación de París, Cámara 5, 10 de noviembre 2016, n° 15PA03492.

Leer más
 

Declaración de sucesión

Posted on : junio 22, 2017
  1. OBLIGACIÓN DE SUSCRIBIR UNA DECLARACIÓN DE SUCESIÓN

Desde el 1 de enero de 2007, el derecho de optar es de 10 años y el heredero que no se manifestó en este plazo se considerara renunciado. La prescripción no se aplica si el heredero presunto (“successible”) tiene motivos legitimos de ignorar sus derechos succesorales, en particulario la muerte del fallecido.

El artículo 768 del Código civil francés plantea el principio de que el heredero puede:

  • Aceptar la herencia puramente y simplemente

  • Rechazarla

  • Aceptar la herencia a concurrencia del activo neto (decreto nº2006-1805 del 23 de diciembre de 2006).

Desde el 1 de enero de 2007, los herederos de la persona que fallece sin haber optado pueden optar por separado (art. 775 §2 del Código civil). El artículo 800 del Código fiscal francés dispone que las personas que deben suscribir una declaración de sucesión son los herederos, legatario o donatario, sus tutores o curadores.

Están exentos:

  • Si los activos brutos de menos de 50.000 € para las sucesiones abiertas desde el 1 de enero de 2006 (para las parejas desde el 22 de agosto de 2007), y siempre que las personas mencionadas anteriormente no se han beneficiado anteriormente de parte del fallecido, donación o manual de una donación no registrado o no declarada.

  • Si los activos brutos de menos de 10.000 €, para fincas abrieron el 1 de enero 2004 y el 1 de enero de 2006 (Ley Nº 2003-1311, de 30 de diciembre de 2003).

  • Si los activos brutos de menos de 1.500 €, a los polígonos abiertos el 1 de enero 2002 y el 1 enero de 2004.

  • Los otros herederos, legatarios o donatarios: Si los activos brutos es de menos de 3000 €.

  • La declaración es emitida por duplicado sobre imprimidos emitidos gratuitamente por la Administración.

  • Si los activos brutos de sucesión es de menos de o igual a 15 000 €, pueden ser depositados en un solo ejemplar.

El formulario nº 2709, que se debe cumplir cuando el patrimonio incluye propiedades situadas fuera de la jurisdicción de la agencia tributaria del domicilio del difunto, excepto los servicios de que dispone de la aplicación MOOREA, debe ser depositada en una sola copia.

  1. TERRITORIALIDAD DE LAS TRANSMISIONES (Art. 750 ter del CGI)

A reserva de los tratados fiscales bilaterales entre Francia y otros países para evitar la doble imposición, las reglas son las siguientes:

  • Un fallecido o donante domiciliado en Francia:

Si el donante o fallecido tiene su domicilio fiscal en Francia en el sentido del artículo 4 B del CGI, todos los bienes muebles e inmuebles están sujetos al impuesto en Francia.

  • Un fallecido o donante no domiciliado en Francia:

Todos los bienes muebles o inmuebles situados en Francia están sujetos al impuesto en Francia.

Desde el 1 de enero de 1999, todos los bienes muebles e inmuebles en el extranjero se gravan en Francia si son recibidos por un heredero, legatario o donatario que tiene su domicilio fiscal en Francia y que ha sido residente allí por lo menos seis años en los diez años anteriores a aquél en el que se recibe la mercancía (Ley nº 98-1266 del 30 de diciembre de 1998).

El monto del impuesto pagado en el extranjero en relación con tales activos se deduce del impuesto a pagar en Francia (Art. 784 A CGI). En una nota diplomática del 17 de junio de 2014, Francia ha denunciado la convención franco-suiza del 31 de diciembre de 1953 relativa a los impuestos sobre sucesiones. La Convención ha dejado de ser aplicable a las sucesiones de personas fallecidas desde el 1 de enero de 2015. Las muertes que tendrán efectos en los 2 países serán tratados, por cada país, de acuerdo con su legislación interna.

  1. CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN

La declaración de sucesión debe enumerar y estimar los bienes pertenecientes a la herencia, que sean en plena propiedad, en nuda propiedad o usufructo. La declaración debe incluir cualquier liberalidad, cualquier donación otorgada por el difunto y aceptada por el donatario antes de la muerte (Art. 784 al. 1 CGI). Desde el 17 de agosto de 2012, el plazo de recordatorio de las donaciones y dones en efectivo es de 15 años (Ley de Presupuesto nº 2012-958 para el año 2012 del 16 de agosto 2012).

fichier à telecharger:
170324 Declaracion de sucesion (Déclaration de succession)

Leer más
 
Museo Nacional Eugène Delacroix
Asociación de Yellowstone
Conservación de las tortugas
Amigos del Museo